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24 de Enero de 2014 Drummond acusa violación de derechos adquiridos por suspensión en Colombia Multinacional se refirió a sanción de cargue de carbón mediante barcazas

Días después de que se conociera un informe de la Contraloría General de Colombia, la multinacional Drummond indicó que los resultados de numerosos estudios -sobre el impacto ambiental que el cargue de carbón pueda tener en las playas y áreas marinas cerca de su puerto-  contradice el informe de organismo de control señalando que “el contenido de carbón, que también podría incluir otras formas de carbono, varía desde ‘no tiene presencia’, subiendo a 0,47% y hasta un máximo de 0,75%, como porcentaje por peso de las muestras tomadas”.

Además, en un extenso comunicado, la multinacional critica nuevamente la sanción a la que fue sometida por decisión de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales de Colombia (ANLA). La empresa por ser responsable de arrojar 1.857 toneladas de carbón en el mar de Ciénaga deberá pagar $6.965 millones (US$ 3,4 millones) y limpiar las playas de Santa Marta.

“El requerimiento para limpiar las playas, debería ser compartido con las otras compañías que cargan carbón en la zona turística de la bahía de Santa Marta y de Ciénaga. También debe realizarse un estudio sobre la presencia de carbón en la playa proveniente de otras fuentes. Ejemplos: el carbón proveniente del transporte por tractomulas, Prodeco y Carbosan”, señaló la empresa.

“El carbón no es un contaminante peligroso, puede haber causado algunos efectos menores a corto plazo, pero después de 30 días el ecosistema regresa a un estado ‘normal’; no parece haber ningún impacto duradero a largo plazo en el medio ambiente, retirar el carbón del fondo del mar no es necesario y podría causar más daño que beneficio, se recomienda monitoreo permanente como medida preventiva. El carbón se ha utilizado durante muchos años como filtro para el agua potable. Dicho esto, nuestra intención es que las operaciones marinas sean ambientalmente amigables, sin derrames de carbón o contaminación”, añade la empresa citando varios estudios.

Igualmente, recuerda que fue el gobierno colombiano quien definió cuáles áreas del departamento del Magdalena eran zonas turísticas y cuáles zonas de puertos carboníferos, y por ello la empresa solicitó una concesión portuaria dentro del área de Ciénaga, la cual fue otorgada por un período de 30 años, hasta el año 2023.

Adicionalmente criticó los inconvenientes que ha sufrido con los permisos de licencia ambiental y las demoras en la construcción en el Puerto. “A esto se suma la huelga de 53 días votada por el sindicato de Sintramienergética”.

Ante estos inconvenientes, asegura la compañía que en Colombia existe una historia de prórrogas en situaciones similares, y ejemplifican su argumento con el caso del puerto de Prodeco en Santa Marta. “En 1997, la concesión portuaria se prorrogó hasta marzo de 2009. Se otorgaron cinco prórrogas adicionales hasta el 1 de mayo de 2013. Durante este tiempo, el puerto de Prodeco operaba usando barcazas y grúas para su cargue de buques.”

Sin embargo, a pesar de los conceptos jurídicos que presentaron asesores expertos de la Drummond, el Gobierno colombiano no concedió "la corta extensión" a la operación con barcazas que solicitaban. La ANLA emitió la orden de suspender el cargue hasta que el sistema de cargue directo estuviera en operación. “Estamos invirtiendo US$ 360 millones de dólares para resolver el problema del cargue directo, lo cual demuestra nuestro compromiso de buena fe con las disposiciones del Gobierno. Sólo necesitábamos dos meses y medio adicionales”.

Y agregan que han sido “degradados” injustamente y “acusados por el ministro de Minas y la contralora General de “birlar” (una palabra calumniosa y cruel) las regalías. No es así”
Asimismo, Drummond manifiesta que se le violaron los derechos adquiridos cuando –a través del Decreto 3083 de 2007- se creó la obligación del cargue directo y por ello la compañía se vio obligada a modificar el contrato de concesión portuaria con un incremento de la contraprestación en más del 2.000% y sin reconocer las inversiones portuarias existentes que deben ser abandonadas. Recordó también que la Ley 1450 de 2011 estableció el 1 de enero de 2014 y no antes como fecha límite para la terminación del sistema de carga directo.

Comunicado del Ministerio del Trabajo

El ministerio de Trabajo de Colombia asimismo le respondió a la multinacional Drummond que la construcción del puerto de cargue directo debían continuar durante la huelga, ante la queja de la empresa carbonera que emitió un comunicado justificando el incumplimiento en la terminación del terminal marítimo para el cargue directo de carbón.

El ministerio de los asuntos laborales recuerda que "las actividades de construcción del puerto de cargue directo debían continuar durante la huelga, por tratarse de labores a cargo de contratistas y no de trabajadores de Drummond".

En un comunicado de prensa dice el ministerio que "en ese sentido expidió el Auto 21 del 25 de Julio de 2013, donde se excluyó, del área de la huelga, el muelle en construcción y se autorizó el ingreso de los contratistas y subcontratistas que se encontraban adelantando dicha construcción".

Fuente: El Espectador, Colombia

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