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29 de Febrero de 2016 Inician en Perú investigación por presunto cartel en el transporte marítimo contenerizado Indecopi comenzó un procedimiento administrativo sancionador a 17 empresas del sector

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual de Perú (Indecopi) inició un procedimiento administrativo sancionador de oficio a 17 empresas dedicadas al servicio de transporte marítimo internacional de carga en contenedores, “por una presuntas prácticas de colusión para la fijación concertada de precios y condiciones comerciales, realizada, por lo menos, entre los años 2009 y 2013”, señaló el organismo.

La investigación involucra a empresas de América, Asia y Europa que habrían cometido concertación de precios, afectando el comercio internacional, sobre todo a empresas exportadoras e importadoras, que han venido denunciando sobrecostos.

El comercio internacional y, en particular, el mercado de transporte marítimo internacional de carga en contenedores cumplen un papel fundamental en la economía del país sudamericano. De acuerdo con la información disponible, en 2009 Perú exportó US$20.313 millones en carga tradicional y a partir de dicho año, el monto aumentó progresivamente.

Del mismo modo, la movilización de contenedores en Perú es importante para su economía. En 2009, esta industria requirió 521.580 contenedores para el transporte de las importaciones y 498.002 contenedores para el traslado de exportaciones. El mercado de transporte de carga en contenedores movilizó cerca del 50 % de la carga exportada por vía marítima, la que se compone en su mayoría por bienes primarios, tales como: harina de pescado, frutas, metal y café, entre otros.

Fiscalización

El supuesto cártel fue identificado debido a las acciones de fiscalización que realiza Indecopi, a través de la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC), con el objetivo de velar por el libre desenvolvimiento de la competencia en los mercados, en beneficio de los consumidores.

El secretario técnico de del organismo, Jesús Espinoza, mencionó que la evidencia recopilada del presunto cártel proviene de actas de reuniones, comunicaciones y archivos electrónicos, obtenidos en las visitas de inspección.

Estas pruebas, explicó, demostrarían que las compañías investigadas habrían establecido una plataforma para coordinar e implementar sus decisiones, a través de sus agentes marítimos, para fijar tarifas (fletes y recargos) a la carga transportada en la ruta Perú-Asia, por lo menos desde 2009 al 2013.

Las líneas navieras investigadas son American President Lines, CMA CGM, Compañía Marítima Chilena S.A. (antes, CCNI.), CSAV, Hamburg Süd, Hapag Lloyd, K Line, Maersk, MSC, MOL y NYK.

Por su parte, las agencias marítimas o generales involucradas en esta presunta infracción son APM Terminals Inland Services, CMA-CGM Perú, Hamburg Süd Sucursal Perú, Hapag-Lloyd Peru, K Line Peru y MSC del Peru.

Los descargos de CSAV

CSAV tras hacerse pública la investigación de Indecopi emitió una declaración pública en la que explica que el proceso administrativo en curso en Perú refiere a relaciones formales entre las 17 empresas antes mencionadas en el marco de la conferencia marítima para el transporte de contenedores denominada “Asia-Costa Oeste de Sudamérica”, de la cual eran miembros todas las compañías nombradas.

Al respecto CSAV aclaró que las conferencias marítimas son acuerdos legalmente aceptados en la mayoría de las rutas comerciales del mundo y empleadas por la industria a nivel global. Los principios generales que regulan su operación fueron acordados en 1974 mediante el tratado internacional “Código de Conducta de las Conferencias Marítimas”, de la Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y Desarrollo (CNUCD). Perú se adhirió a dicho tratado en 1978.

La declaración continúa señalando que en Chile, en el año 2009, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) realizó una investigación similar a la actualmente desarrollada en Perú. “Dicha causa derivó en una solicitud de recomendación normativa ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) para la derogación del artículo 5° de la Ley de Fomento de la Marina Mercante, norma que ratifica la licitud de las conferencias y otros acuerdos navieros en Chile. El TDLC no estimó necesario derogar esta norma, confirmándose de ese modo que las acciones acordadas en el marco de las conferencias no infringen las reglas de la libre competencia”.

La naviera manifiesta que “CSAV rechaza tajantemente aquellas prácticas que atenten contra la legalidad vigente en cualquiera de las jurisdicciones en las que se desempeña”. Y agrega que la operación de la empresa en Perú se dio en el marco de la referida conferencia marítima.

Finalmente señala que sin perjuicio de lo anterior “la compañía ha realizado y continuará realizando sus mejores esfuerzos para colaborar con la autoridad, con el fin de demostrar que operó respetando la legalidad vigente”.

Por MundoMarítimo

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