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02 de Noviembre de 2016 La OMI adopta nuevas prescripciones para reducir emisiones de GEI Buques de 5000 TRG o más deberán recopilar datos sobre consumo de fueloil

La Organización Marítima internacional (OMI), marcó un hito con la adopción de nuevas prescripciones obligatorias para controlar las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) procedentes de los buques.

Según las nuevas prescripciones, los buques de arqueo bruto igual o superior a 5000 estarán obligados a recopilar datos sobre el consumo para cada tipo de fueloil que emplean a bordo, así como otros datos adicionales, más específicos, como por ejemplo los equivalentes del trabajo de transporte. Estos buques producen aproximadamente el 85% de las emisiones de CO2 procedentes del transporte marítimo. Los datos que se recolecten permitirán construir una base firme sobre la cual tomar decisiones futuras sobre medidas adicionales, más allá de las ya adoptadas por la OMI.

Estas prescripciones fueron adoptadas por el Comité de Protección del Medio Marino de la OMI (MEPC),  durante su 70º periodo de sesiones celebrado entre el 24 y el 28 de octubre  en Londres. El Secretario General del organismo, Kitack Lim, señaló que las nuevas prescripciones envían un mensaje claro de que la OMI está preparada para seguir ampliando las medidas técnicas y operacionales para la eficiencia energética de los buques ya existentes.

"Los sistemas de recopilación de datos proporcionarán a la OMI información concreta para ayudarle a tomar las decisiones correctas, a la par que servirá para reforzar su credibilidad como el foro más competente y adecuado para la reglamentación del transporte marítimo internacional", señaló Lim.

Tres etapas

El nuevo sistema obligatorio de recopilación de datos es el primer paso de un proceso de tres etapas en el que el análisis de los datos recopilados permitirá sentar la base para un debate inclusivo, objetivo y transparente sobre las políticas en futuros periodos de sesiones. Esto para aclarar si es necesario adoptar medidas obligatorias adicionales para mejorar la eficiencia energética y hacer frente a las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes del transporte marítimo internacional. En caso afirmativo, se examinarán las opciones de políticas propuestas.

El MEPC también aprobó una hoja de ruta (de 2017 a 2023) para elaborar una "Estrategia detallada de la OMI sobre la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de los buques”, la que se adoptará en 2018.

La estrategia contiene una lista de nuevas actividades -entre las que se incluyen los futuros estudios de la OMI sobre los gases de efecto invernadero- con sus respectivos plazos, las que podrán ser armonizadas con la labor en curso del MEPC, en el marco del planteamiento de las tres etapas de la mejora de la eficiencia energética  mencionadas previamente.

De esta manera, según el organismo, se facilita un modo de proceder para la adopción de una estrategia revisada en 2023 que incluya medidas a corto, medio y largo plazo, según se requiera.

Siguiendo la hoja de ruta, y para facilitar una visión a largo plazo del sector del transporte marítimo, el Comité tiene que abordar una serie de importantes asuntos, como el rol que el sector tendría que tener en el apoyo de las metas fijadas por el Acuerdo de París.  

Recopilación de datos

En el marco del nuevo sistema de recopilación de datos, los datos agregados se notificarán al Estado de abanderamiento después del final de cada año civil y el Estado de abanderamiento, tras determinar que los datos se han notificado de conformidad con las prescripciones, deberá expedir una declaración de cumplimiento del buque. Se exigirá a los Estados de abanderamiento transferir estos datos a la base de datos sobre el consumo de fuel oil de los buques de la OMI.

La OMI elaborará un informe anual en el que se resuman los datos recopilados. Los datos serán anónimos y no se podrá reconocer en ellos a buques individuales. El informe se presentará ante el MEPC.

El MEPC adoptó las prescripciones obligatorias como enmiendas al capítulo 4 del anexo VI del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (Convenio Marpol). Se espera que entren en vigor el 1 de marzo de 2018, de conformidad con el procedimiento de aceptación tácita. Las prescripciones añaden la Regla 22: "Recopilación y notificación de los datos sobre el consumo de fueloil del buque", así como nuevos apéndices que explican la información que se ha de presentar a la base de datos sobre el consumo de fueloil de los buques de la OMI y el modelo de la declaración de cumplimiento, que se extenderá al buque una vez que se hayan notificado los datos pertinentes. Otras reglas han sido enmendadas para responder a la nueva prescripción, incluidas las relativas a certificados, reconocimientos y supervisión por el Estado rector del Puerto.

Poniendo el acento en el contexto mundial de este último avance,  Lim señaló que "la OMI informará a la próxima Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, que se reunirá en Marrakech, Marruecos, de los avances tangibles realizados, demostrando que la Organización continúa liderando la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes del transporte marítimo internacional".

Por MundoMaritimo

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