Jueves, 28 de Marzo de 2024 | ISSN 0719-241X
logo mundo marítimo

Enviar un mensaje al Editor

La Cláusula Himalaya en los Conocimientos de Embarque y en los Convenios Internacionales

Nombre
e-mail
País
Mensaje

La Cláusula Himalaya en los Conocimientos de Embarque y en los Convenios Internacionales

¿Cuál es el origen y objetivos de este instrumento legal?
Edición del 23 de Abril de 2018

La Cláusula Himalaya, tiene su origen en el célebre caso Adler v. Dickson de 1954. La Sra. Adler, pasajera del buque ‘Himalaya’ de la empresa naviera Peninsular and Oriental Steam Navigation Company –mejor conocida P&O-, interpuso una demanda de responsabilidad civil por daños, como consecuencia de las lesiones que sufrió tras caer de la escala del buque al muelle. La Sra. Adler no pudo demandar al porteador, porque se encontraba exonerado de responsabilidad bajo los términos del contrato de pasaje y por esa razón demandó al capitán del buque, el señor Dickson y a su contramaestre, y consiguió que la jurisdicción inglesa -Court of Appeal- declarará la responsabilidad de los miembros de la tripulación, al señalar que el régimen de responsabilidad limitada alcanzaba exclusivamente a la empresa naviera”, comenta en detalle el abogado, árbitro y profesor de Derecho Marítimo José Antonio Pejovés 

Explica además que, desde esa oportunidad, las cláusulas Himalaya, son insertadas en los conocimientos de embarque (B/L), con el objeto de proteger mediante el régimen especial de responsabilidad del porteador, no solo a los auxiliares dependientes del naviero, sino también a auxiliares independientes como los operadores de terminales portuarios o empresas de estiba a cargo de la manipulación de la carga en tierra firme.

Ahora bien, sostiene, la sola inserción de una Cláusula Himalaya en el B/L no garantiza su efectividad. En cierto sector de la doctrina y la jurisprudencia se ha aducido que estas cláusulas colisionan con el principio de relatividad de los contratos, conforme al cual los contratos solo surten efectos entre las partes que lo celebran (porteador-embarcador/consignatario). Sin embargo, otro sector sostiene que en atención al principio de autonomía de la voluntad –libertad contractual- las partes en un contrato de transporte pueden convenir extender ciertos beneficios a terceros.

En este plano, destaca como “memorables los casos Scruttons Ltd. V. Midland Silicones Ltd. (1962), The Eurymedon de 1975 y The New York Star de 1980, en los que las sentencias que recayeron en ellos, reconocieron la validez de las previsiones del régimen especial de responsabilidad propio de los porteadores, en favor de los auxiliares independientes del naviero, que en la práctica son terceros que no aparecen como partes en el B/L”.

Es oportuno mencionar, continúa el abogado,  que el Convenio de las Naciones Unidas sobre la Responsabilidad de los Empresarios de Terminales de Transporte en el Comercio Internacional de 1991, que no ha entrado en vigor, contiene un régimen especial de responsabilidad en favor de los operadores o administradores de terminales portuarios, con rasgos de similitud al contenido en el Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Marítimo de Mercancías de 1978, mejor conocido como las Reglas de Hamburgo y en el Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas en Materia de Conocimiento de Embarque de 1924, mejor conocido como las Reglas de La Haya -y sus protocolos de Visby (1968) y DEG (1979)-.

Añade que “conviene recordar que el Convenio sobre el Contrato de Transporte Internacional de Mercancías Total o Parcialmente Marítimo de 2008 -que se conoce como las Reglas de Rotterdam-, que todavía no se encuentra vigente, consagra como norma de derecho uniforme marítimo, la Cláusula Himalaya”. En efecto, el artículo 1.6. de las Reglas de Rotterdam incluye en la definición de “performing party” (parte ejecutante) a aquellos que manipulan y custodian la mercancía en los puertos “a instancia del porteador” o bajo ‘la supervisión y control del porteador’; y el artículo 4.1.a) del mismo instrumento, en ese orden de ideas contempla que los operadores portuarios tienen la condición de “parte ejecutante marítima”, por lo que les resulta aplicable el régimen especial de responsabilidad contenido en el contrato de transporte marítimo, en virtud de una Cláusula Paramount,  como si se trataran del “porteador”, concluye Pejovés.

Por MundoMarítimo

Políticas de Privacidad

La política que en el presente documento se indica, tiene por objeto informar a los usuarios de MundoMaritimo sobre el proceder de nuestra empresa respecto del tratamiento de los datos de carácter personal recogidos a través de nuestros portales.

1 | Recolección:

Cuando Usted requiere los servicios de MundoMaritimo, se recoge información personal como su nombre, rut, dirección, etc, a través de correo electrónico o formularios. Nuestro sitio no utiliza actualmente cookies, para registrar o recabar información del usuario, pero, podrá en cualquier momento y a su sola discreción y sin necesidad de autorización, utilizarlas, comprometiéndose dar el tratamiento y protección señalado precedentemente a dichos datos.

Para qué se utiliza la información recolectada.

Toda la información recolectada de los usuarios en MundoMaritimo tiene por objetivo:

(1) Brindar servicios, contenidos y publicidad personalizada al usuario en su navegación por los portales de MundoMaritimo

(2) Realizar estudios internos sobre los datos demográficos, intereses y comportamiento de nuestros usuarios. La información se utiliza para entender y servir mejor a nuestros usuarios.

2. Uso:

Estos datos que usted proporciona libre y voluntariamente, tienen por objeto dar un mejor servicio, información y utilidades a nuestros usuarios. Usted tiene el derecho de no aceptar entregarlos, renunciando a los beneficios que nuestro sitio web entrega.

Si decide aportar dichos datos, nos obligamos con usted a mantener una conducta clara y regular, sometida a la política que a continuación expresamos, de la cual usted es informado y que acepta.

Nuestra política respecto de los datos recogidos es la siguiente:

La responsabilidad por la veracidad de los datos recogidos por esta vía, es exclusiva del usuario.

3. Seguridad:

Mantenemos una base de datos Off-Line, la que asegura a sus clientes total privacidad, respecto de los datos proporcionados a MundoMaritimo.

Por otra parte, una reconocida empresa externa proveedora de servicios de conectividad y hosting debidamente certificada, "aloja" nuestros sitios en sus servidores web, los 365 días del año, los siete días de la semana y las veinticuatro horas, lo que asegura que nuestro sitio tenga la menor posibilidad de "caída" en la web o intrusiones de "hackers" que vulneren nuestro Portal.

4. Calidad:

Sin perjuicio de las responsabilidades que al usuario le corresponden, MundoMaritimo tendrá especial cuidado al recolectar, mantener, usar, publicar o distribuir la información personal vinculada a los usuarios y visitantes, verificando que los datos sean correctos, completos y adecuados para cumplir con los fines para los que serán utilizados.

5. Modificación:

El usuario que haya entregado previamente datos o información personal a MundoMaritimo, podrá solicitar su modificación, corrección o eliminación, enviando un correo electrónico a info@mundomaritimo.cl, indicando su nombre, rut, dirección, teléfono, y expresando claramente que información de la que hubiere entregado desea modificar o eliminar.

En todo caso, y como medida de seguridad, MundoMaritimo se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la comunicación.

6. Publicación e intercambio:

MundoMaritimo, como norma general, no transferirá, cederá, venderá o de otra manera proveerá sus datos de carácter personal a persona alguna. MundoMaritimo podría transferir, revelar o ceder los datos recopilados a sus usuarios, a terceros de acuerdo a las siguientes circunstancias:

(1) En caso de tener la aprobación explícita del usuario, sus datos de carácter personal pueden ser usados por terceros para efectos de realizar marketing directo, llamadas telefónicas, para enviar correos electrónicos, entre otros. El usuario tiene el derecho y la opción de poder denegar la recepción de esta información por parte de terceros.

(2) En el caso de "contactos de negocios", sus datos de carácter personal pueden ser usados por terceros sólo para efectos de poder completar y ejecutar la transacción que motivó la entrega o recolección de esa información.

(3) Aquella información que sea requerida por la ley, una orden judicial u otro procedimiento legalmente válido que así lo exija.

7. Uso de información vinculada a terceros:

En caso de tener la aprobación correspondiente, MundoMaritimo usará la información del usuario para comunicarle e informarle, a través del correo electrónico, acerca de:

(1) Modificaciones a sus servicios o productos existentes, aparición de nuevos servicios o productos, u otros especificados por el usuario.

(2) Información, ofertas o cualquier tipo de promoción de marketing que MundoMaritimo pueda otorgarle al usuario.

(3) Sugerencia por parte del usuario acerca de ,"recomienda esta noticia a un amigo"

8. Servicios prestados por terceras empresas en el sitio:

Eventualmente, MundoMaritimo, puede contratar los servicios de empresas externas, con el fin de entregar nuevos servicios y productos a través de este sitio web. La información recabada en su caso por dichas empresas, se regirá por el acuerdo del usuario de la misma.

Si tiene alguna duda o pregunta sobre nuestra política de privacidad, le rogamos contactarse a info@mundomaritimo.cl

9. Publicidad asociada

Respecto a los servicios de anuncios publicitarios o información promocional, con el objeto de presentarle servicios asociados que puedan ser de su interés, tenemos vínculos con otras compañías a las que permitimos colocar publicidad en nuestras páginas. Estas compañías podrían individualmente solicitar su información directamente con usted, siendo exclusiva responsabilidad de ellas el manejo y manipulación de esta información.

Finalmente, MundoMaritimo no garantiza la privacidad de la información personal del usuario, si éste suministra o difunde información en guías telefónicas públicas, reportajes de prensa, publicaciones, zonas de chateo, boletines u otras similares. Dicha información podrá ser recopilada por terceros, con o sin su consentimiento. El usuario revela esa información bajo su responsabilidad.