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Alimentos exportados a los Estados Unidos requerirían informarse previamente a la FDA

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Alimentos exportados a los Estados Unidos requerirían informarse previamente a la FDA

Norteamericanos proponen otra nueva regulación
Edición del 21 de Febrero de 2003

En un documento publicado y firmado por el Sr. Tommy G. Thompson, Secretario de Salud y Servicios Humanos, fechado el 27 de Enero del presente, se reportó que la FDA (Administración de Drogas y Alimentos de los Estados Unidos), está proponiendo una nueva regulación la cual "requerirá a los compradores de USA o importadores de USA o sus agentes, entregar a la FDA un informe previo de los alimentos importados". También se informa en el documento que "La regulación propuesta, implementará" el Acta de Bioterrorismo (The Bioterrorism Act), "la cual requiere una ante-noticia de los alimentos importados, que comenzará desde el 12.12.2003".

Dentro de aquellos que podrían verse afectados en caso de que esta propuesta sea aprobada deben considerar seriamente sus implicaciones, para que sus respectivos Departamentos de Operaciones puedan darle cumplimiento desde el momento de su aprobación.

La pregunta es ¿Quien será el más afectado si esta proposición es aprobada?

1. El documento indica que "el comprador de un artículo alimenticio (article of food) que reside o mantiene en general el lugar de negocios en USA, es responsable por entregar la noticia".

2. El documento también señala que "La identidad del articulo alimenticio importado u ofrecido para el importe" se debe entregar a través de información específica . Como ejemplo sobre la información requerida está el código del producto, el nombre usual del producto, el nombre comercial o de marca del producto, la cantidad, datos del fabricante o agricultor, país de origen, detalles del shipper (el dueño de los productos por lo general), etc.

3. El documento explica que se intenta que "la ante-noticia deba ser entregada con relación a todo alimento (all food) que se importa a USA". Algunas excepciones existirán bajo esta regulación propuesta. Las excepciones más relevantes para la industria comercial son aquellas que se encuentran bajo la exclusiva jurisdicción del departamento de agricultura de USA.

4. El documento da algunas definiciones las cuales se intenta que estén incluidas en la regulación propuesta, por ejemplo "Puerto de entrada" (Port of Entry) esta definido como " De aire, agua, y tierra en donde el artículo alimenticio es importado u ofrecido para el importe hacia USA, por ejemplo, el puerto en donde el producto alimenticio arribó primero en USA.".

5. El documento explica que con referencia a multas, la propuesta ante-noticia establecerá que "si un articulo alimenticio es importado u ofrecido para importe sin una ante-noticia o una ante-noticia inadecuada, se negara la entrada al producto alimenticio".

6. El documento indica que bajo la regulación propuesta, se intenta que el comprador, importador o agente quien reside o mantiene un lugar de negocios en USA, sea autorizado para entregar una ante-noticia.

Esta regulación, afectará no solo a la compañía en USA; sino también a la firma en el extranjero. Esto significa que, por lo tanto, afectará tanto el contrato internacional de compra y venta entre éstas, como el contrato internacional para el transporte de los productos entre una de éstas y el transportista.

Los exportadores de productos frescos de Latinoamérica que envían sus productos cosechados en Primavera/Verano hacia USA, que están en estaciones del año diferentes como Otoño/Invierno por ejemplo, o países como Israel o Sudáfrica, etc. necesitan estar en conocimiento de esta propuesta.

El NVOCC/Carrier que transporta productos hacia USA, necesita cumplir con la legislación antiterrorista y regulaciones aduaneras. También necesita cumplir con las nuevas obligaciones contractuales como resultado del Container Security Initiative y el Customs-Trade Partnership Against Terrorism. La regulación propuesta, si es aprobada, sumará un nuevo requerimiento para importadores/exportadores/agentes de alimentos en USA con relación a información adicional y por lo tanto, existe la necesidad, de estudiar la relación contractual de éstos entre sí y entre el exportador/importador y el carrier.

Fuente: Davies Lavery Solicitors (UK)

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