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16 de Abril de 2018 El proceso de consulta del Puerto de Gran Escala de puerto San Antonio ante el TDLC Propuesta conlleva un cambio sustantivo en la estructura del mercado portuario de la región de Valparaíso

Según una presentación efectuada por la Empresa Portuaria de San Antonio (EPSA) en febrero pasado, actualmente se encuentran en proceso de consulta ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), las condiciones de competencia para efectuar la licitación pública del Terminal Mar del PGE o Puerto Exterior de San Antonio.

De acuerdo a la descripción del abogado Rafael Durán Sanhueza, Presidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Marítimo, Rama Chilena, se debe considerar que en Chile el sistema portuario se basa en un esquema de autoridades o administraciones locales autónomas para cada uno de sus puertos, donde se asigna a diversas secretarias de estado algunas funciones de autoridad portuaria nacional (Ministerio de Transporte, Comisión Borde Costero), unido al rol que ejerce la Autoridad Marítima (Dirección General del Territorio Marítimo y Mercante, DGTM, etc.), similar a lo que sucede en México, Argentina y Ecuador, entre otros.

En este contexto, explica Rafael Durán, el pasado 14 de febrero EPSA formuló una solicitud ante el TDLC para que el organismo inicie un procedimiento no contencioso que debe culminar con un informe del Tribunal referido a las condiciones de competencia que deben observarse para efectuar la licitación pública del Terminal Mar del PGE.

Según cita el abogado en este caso la intervención del TDLC es obligatoria ya que la ley Nº 19.542 sobre Modernización del Sector Portuario Estatal indica que esta consulta procede frente a licitaciones en que: 

1.- No existe en los puertos o terminales estatales de la Región otro frente de atraque capaz de atender a la nave de diseño.

2.- Se propone la concesión bajo un sistema cooperador sin que exista en la Región otro frente capaz de atender a la nave de diseño bajo un esquema multioperador.

Rafael Durán apunta que como en el caso de la licitación del Terminal Mar se dan las dos circunstancias de excepción citadas, “el TDLC deberá emitir un informe en que establezca los términos de realización de la licitación propuesta por EPSA, de acuerdo a los artículos 14 inciso segundo y 23 inciso segundo de la Ley, para este terminal que se espera se encuentre operativo entre 2026 y 2027”.

A raíz del proceso de consulta señalado, puntualiza Durán, la Fiscalía Nacional Económica ha iniciado una investigación, “al constatar que, la licitación propuesta conlleva un cambio sustantivo en la estructura del mercado portuario de la región de Valparaíso y los mercados asociados de servicios de transporte terrestre y marítimo por lo que, en el marco de dicha investigación, la FNE ha solicitado información detallada a servicios públicos y a los agentes económicos que operan en estos mercados”.

“Mantener las reglas de competencia”

Para Rafael Durán, el escenario actual, donde la industria naviera que opera en el mercado nacional se ha concentrado en los últimos años, debido a las fusiones de diversas empresas navieras, “se hace muy necesario que el TDLC vele efectivamente por mantener las reglas de competencia en el mercado portuario”.

Al respecto puntualiza: “Al día de hoy se encuentra abierto el período para aportar antecedentes ante el TDLC, proceso en que se ha invitado a diversos actores a entregar la información que estimen pertinente y que vence este mes de abril, salvo nueva prórroga”.

Y sobre el proceso detalla que el TDLC deberá establecer, entre otros, los parámetros de Integración Vertical e Integración Horizontal para el PGE, “lo que la antigua Comisión Preventiva Central, predecesora del TDLC, estableció en el Dictamen 1045, pero bajo una realidad muy diversa”.

EPSA, por su parte- continúa Rafael Durán- solicitó decretar la restricción horizontal absoluta y elevar al 80% el umbral de la actual restricción a la integridad vertical de los privados del rubro que participen de la licitación. En tanto, la Asociación de Exportadores de Frutas de Chile (Asoex), pidió que tal umbral de integración vertical se mantenga en un 40%, restricción absoluta a la integración horizontal y se garantice la continuidad del servicio.

Según el abogado “en la realidad comparada, observamos el nuevo Reglamento del Parlamento Europeo dictado en 2017, que crea un marco para la prestación de servicios portuarios, contempla normas comunes sobre transparencia financiera de los puertos, asuntos que ni la ley 19.542 ni la legislación actual han abordado debidamente”.

Indica que el Reglamento establece entre otros: “La disponibilidad del servicio portuario para todos los usuarios del puerto, en todos los puestos de atraque, sin interrupción, tanto de día como de noche, durante todo el año; la posibilidad de adoptar medida de emergencia y normas muy detalladas que buscan mantener la trasparencia financiera dada la intervención estatal; solución de controversias”.

Finalmente expresa que “es de esperar que el informe que el TDLC considere todos los intereses involucrados, tomando en cuenta la realidad nacional e internacional, con una visión de largo plazo, a fin de asegurar la competencia en el sector portuario”.

Por MundoMarítimo 

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