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OMI pide aplicar enmiendas Solas con "un enfoque práctico" durante tres meses desde el 1 de julio

OMI pide aplicar enmiendas Solas con "un enfoque práctico" durante tres meses desde el 1 de julio

A fin de dar mayor flexibilidad a todos los involucrados en el transporte de contenedores
Edición del 27 de Mayo de 2016

El Comité de Seguridad Marítima (MSC) de la Organización Marítima Internacional (OMI) acordó implementar un proyecto de asesoramiento para las administraciones, autoridades de supervisión de los Estados rectores de puertos, empresas, terminales portuarias y capitanes sobre las enmiendas del Convenio Solas para la masa bruta verificada de los contenedores llenos.

Dicho proyecto se ha acordado tras el debate sobre las enmiendas en las reglas VI/2.4 a VI/2.6 del Convenio Solas sobre la verificación de la masa bruta de contenedores llenos que entrará en vigor el 1 de julio de 2016.

Para la generación de esta propuesta se tomó en cuenta las preocupaciones existentes respecto a la aplicación de las enmiendas en el caso de contenedores que hayan sido cargados en un buque antes del 1 de julio de 2016 y posteriormente transbordados.

El Comité, reunido en su 96º periodo de sesiones (del 11 al 20 de mayo), también tomó nota de la petición de las delegaciones para que, en los primeros meses de entrada en vigor de la norma, “haya cierto margen en caso de que surjan problemas de actualización del software que recoge y transmite los datos sobre la verificación de la masa bruta, de manera que puedan ser solucionados sin que ello suponga un retraso a la hora de cargar los contenedores”.

Frente a estas problemáticas, el MSC acordó que, aunque la implantación de las enmiendas del Convenio Solas no debería retrasarse, “sería beneficioso si las Administraciones y las autoridades de supervisión del Estado rectores de puertos, abordaran el cumplimiento de estas medidas desde un enfoque práctico durante los tres meses inmediatamente posteriores al 1 de julio de 2016”.

Este plazo permitiría que “los contenedores llenos cargados antes del 1 de julio de 2016 pero que han sido transbordados ese mismo día o posteriormente, lleguen a su puerto final de descarga sin verificar la masa bruta. Asimismo, proporcionaría mayor flexibilidad a todas las partes interesadas en el transporte de contenedores para mejorar, si fuera necesario, los procedimientos de documentación, comunicación y transmisión de los datos de la masa bruta verificada”.

Razones de las enmiendas

Cabe recordar que las enmiendas al Convenio Solas, que comenzará a ponerse en práctica a partir del primero de julio surgió para evitar que una discrepancia entre la masa bruta declarada y la masa bruta real de un contendor lleno pase desapercibida, pudiendo “tener efectos adversos en la seguridad del buque, de la gente de mar y del personal de tierra, ya que puede conducir a tomar decisiones incorrectas en relación con la estiba del buque y a la caída potencial de pilas de contenedores o a la pérdida de contenedores por la borda”.

Las enmiendas al Convenio Solas introducen dos aspectos principales:

1) “El embarcador es responsable de facilitar el peso verificado declarándolo en el documento de expedición y de presentarlo al capitán o su representante y al representante de la terminal con suficiente antelación para que pueda utilizarse para preparar el plano de estiba del buque” y

2) La masa bruta verificada es una condición para embarcar un contenedor lleno a bordo de un buque.

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