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Fiscalía Nacional Económica de Chile exige asegurar competitividad en futura licitación de Empormontt

Fiscalía Nacional Económica de Chile exige asegurar competitividad en futura licitación de Empormontt

Además, TDLC fijó para febrero audiencia para solicitud de informe de licitación de Puerto Chacabuco
Edición del 18 de Noviembre de 2020

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) solicitó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que ordene la adopción de una serie de medidas en el proceso de licitación que realizará la Empresa Portuaria Puerto Montt (Empormontt)- sur de Chile- para fomentar la participación de más oferentes en el proceso y para mitigar posibles riesgos derivados de integración vertical y horizontal en el mercado.

La solicitud fue formulada por la FNE por un informe elaborado por su División Antimonopolios a petición del Tribunal de Defensa, entidad que se encuentra desarrollando un procedimiento no contencioso para definir las condiciones en las que se podría licitar la concesión del puerto.

La operación consiste en la licitación que Empormontt realizará para entregar la concesión del recinto portuario de Puerto Montt, de un terreno en el sector de Panitao para un futuro muelle y de un Recinto Extraportuario para zonas de inspección y depósito aduanero.

La FNE pidió al Tribunal ordenar la separación de la licitación en otra distinta sobre la concesión del recinto, y que defina algunas medidas estructurales y conductuales a las que el próximo concesionario se deberá someter.

Las recomendaciones de la FNE apuntan a incentivar la concurrencia de más oferentes en cada una de las licitaciones, como también evitar posibles riesgos derivados de una posible integración horizontal con otros operadores portuarios de la región y de una integración vertical la empresa que administre el puerto y sus principales usuarios.

Sobre los riesgos de una integración vertical, la FNE pidió al Tribunal la restricción a un máximo de 40% la participación que los usuarios relevantes del puerto puedan tener en la propiedad, derechos societarios o utilidades de la empresa concesionaria, o en un porcentaje en ningún caso superior al 60%.

Además, solicitó establecer resguardos complementarios que inhiban la posibilidad de utilizar la administración del puerto como barrera a la entrada o expansión de competidores de aquellos usuarios relevantes que tengan participación en la sociedad concesionaria. Las medidas deben ser fiscalizables por EMPORMONTT, con sanciones disuasivas si se detectan incumplimientos.

La FNE pidió al TDLC que, ante los riesgos de una integración horizontal, se amplíe la licitación ofrecida por Empormontt, impidiendo la participación de la empresa Oxxean en la licitación. Así, la sociedad que se adjudique la concesión del recinto portuario y sus personas relacionadas no podrán participar directa o indirectamente en otro frente de atraque de uso público en la misma región, sea público o privado.

También existen barreras a la entrada de nuevos puertos en la zona, según el informe, dado que existe capacidad ociosa en el recinto portuario a licitar y hay potenciales mejoras en infraestructura que realizar en otros puertos existentes.

Para las condiciones de competencia de la licitación, la FNE propone medidas sobre el plazo para presentar ofertas, tarifas dentro del mecanismo de adjudicación, indicadores de calidad de servicio, garantías exigidas y la entrega de información periódica desagregada a la empresa portuaria para una fiscalización adecuada.

La Ley N°19.542 de Puertos exige el procedimiento que el Tribunal lleva a cabo, y que requiere que las empresas portuarias públicas cuenten con un informe del Tribunal para otorgar concesiones hasta por 30 años cuando lo adjudique a un solo operador o no exista en la región otro frente de atraque público capaz de atender a la nave de mayor envergadura y capacidad que lo utilice.

Puerto Chacabuco

En otro frente, en lo que refiere a la “Solicitud de informe de Empresa Portuaria Chacabuco sobre licitación del Recinto Portuario del Puerto de Chacabuco”, el TDLC dictaminó que la audiencia pública se realizará el día 10 de febrero de 2021, a las 10.00 horas, mediante videoconferencia, en atención a la emergencia sanitaria imperante en Chile.

El TDLC comunicó que quienes deseen manifestar su opinión en la audiencia, deberán comparecer en la forma dispuesta por la Ley N° 18.120 y anunciarse por escrito, con una anticipación mínima de 24 horas a su inicio. Se podrán acompañar nuevos antecedentes sólo hasta diez días antes de la fecha fijada para la audiencia pública, esto es, hasta el 29 de enero de 2021, inclusive.

Por MundoMarítimo

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