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Emisiones de azufre: Recomendaciones que deben seguir operadores buques para evitar sanciones

Emisiones de azufre: Recomendaciones que deben seguir operadores buques para evitar sanciones

Aplicación de multas se debe mayormente a la falta de familiarización con normativas locales
Edición del 08 de Julio de 2024

En la actualidad, la regulación de emisiones de azufre en el transporte marítimo se ha intensificado en diversas regiones del mundo, en un esfuerzo por reducir la contaminación atmosférica generada por los buques. Gard informó que en ocasiones sus clientes y miembros solicitan orientación tras ser sancionados por utilizar combustibles con un contenido de azufre superior al permitido en ciertos puertos o zonas marítimas. Este fenómeno, según la organización, se debe en gran medida a la falta de familiarización de los operadores de buques y tripulaciones de los buques con las reglas locales vigentes.

Implementación de normativas 

Varios estados y puertos han establecido límites estrictos para las emisiones de azufre, y la lista de lugares con estas restricciones continúa expandiéndose. Gard advierte que las nuevas normativas locales o los cambios en las existentes pueden implementarse sin previo aviso. Por ello, se recomienda a los capitanes de los buques que consulten con sus agentes locales sobre los requisitos específicos antes de arribar a un puerto.

Entre las recomendaciones para los operadores se incluyen:

  • Concienciación y procedimientos: Asegurar que las tripulaciones están informadas sobre las limitaciones de emisiones de azufre en las jurisdicciones donde operan y que disponen de procedimientos claros a seguir.
  • Evaluación de combustibles: Considerar opciones de combustibles con bajo contenido de azufre que cumplan con las regulaciones aplicables.
  • Procedimientos de cambio: En caso de utilizar múltiples tipos de combustible, garantizar que el proceso de cambio se realice con suficiente antelación para evitar la contaminación con combustibles no conformes.
  • Uso de depuradores: Verificar con las autoridades locales la aceptación del uso de depuradores de gases de escape (scrubbers) para la reducción de emisiones de azufre. Se debe tener en cuenta las restricciones locales sobre la descarga de agua de lavado procedente de estos sistemas.

Zonas de control de emisiones MARPOL 

La normativa MARPOL Anexo VI establece zonas específicas de control de emisiones (ECA) donde los límites de azufre en los combustibles son más estrictos. Actualmente, estas zonas incluyen Norteamérica, el Caribe estadounidense, el Mar del Norte y el Báltico. Próximamente, a partir del 1 de mayo de 2025, el Mar Mediterráneo también será designado como ECA, con un límite de azufre del 0,10% aplicable tras un periodo de gracia de 12 meses. 

En marzo de 2024, la Organización Marítima Internacional (OMI) aprobó propuestas para designar el Ártico canadiense y el Mar de Noruega como nuevas zonas ECA. Se espera que la normativa modificada se apruebe en octubre de 2024 y que el límite de azufre del 0,10% entre en vigor a principios de 2027.

Regulaciones específicas

El Canal de Panamá, aunque no está dentro de las ECA designadas por MARPOL, sigue un conjunto específico de regulaciones para limitar las emisiones de azufre. En este caso, se aplica el límite global de azufre del 0,50%. Los buques que se preparan para transitar por el Canal deben realizar un cambio a combustibles marinos destilados para sus motores de propulsión, calderas y otros equipos auxiliares al entrar en sus aguas. 

En el caso de California, EE. UU. las regulaciones son particularmente estrictas y complejas debido a la superposición de normativas. Aunque las aguas californianas forman parte de la ECA norteamericana bajo el Anexo VI de MARPOL, que impone un límite de azufre del 0,10%, el estado de California ha implementado su propia normativa adicional a través de la California Air Resource Board (CARB). La normativa de CARB para buques en alta mar (OGV, por sus siglas en inglés) no solo exige un límite de azufre del 0,10%, sino que también requiere que el combustible utilizado cumpla con las especificaciones de los grados de destilado. Esta regulación no permite el uso de scrubbers como alternativa para reducir las emisiones de azufre. Los buques que operan a menos de 24 millas de la costa de California deben cumplir con ambos conjuntos de regulaciones.

En tanto, China ha tomado medidas proactivas al establecer sus propias Zonas de Control de Emisiones nacionales. Desde septiembre de 2015, el país implementó una ECA costera que abarca todas las zonas marítimas y puertos dentro del mar territorial de China, así como una ECA designada en la provincia de Hainan, conocida como la ECA costera de Hainan. Además, se han establecido dos ECA interiores que incluyen partes significativas de los ríos Yangtsé y Xi Jiang. En estas áreas, se ha implementado un límite de azufre del 0,50% para la ECA costera y un límite más estricto del 0,10% para las ECA interiores y la provincia de Hainan. Los buques deben asegurarse de completar cualquier operación de cambio de combustible antes de entrar en una ECA o iniciarla después de salir de ella para cumplir con los límites de azufre establecidos. 

Por MundoMaritimo

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