En un contexto en el que los procesos de integración en la Región, así como algunos acuerdos comerciales, se profundizan unos con más intensidad que otros, “la búsqueda de armonizar la normativa sobre transporte multimodal, debería impulsarse, de ser necesario mediante la reformulación de algunos de sus postulados”, señala el abogado, árbitro y profesor de Derecho Marítimo José Antonio Pejovés, quien agrega que “en atención a analizar los alcances de la regulación del ahora llamado transporte de mercancías total o parcialmente marítimo, como especie de ‘nueva vertiente’ en los transportes desde la aprobación de las Reglas de Róterdam en el 2008”.
El abogado comenta que se ha escrito bastante y es empíricamente comprobable, que la integración física es un eslabón muy importante para alcanzar el desarrollo en los países americanos, “entre otras razones porque con ella se integran los mercados y se trae bienestar a las poblaciones”.
En este orden de ideas, explica Pejovés, cualquier esfuerzo que se despliegue para dotar a la Región de infraestructuras de transporte, debería ir acompañado de normas uniformes que regulen la provisión de servicios de transporte multimodal -o intermodal o la “nueva vertiente”- toda vez que América se conecta actualmente y se podría conectar mejor, mediante la utilización de al menos dos modos de transporte gobernados por reglas armonizadas.
“Es evidente que algunos organismos internacionales vienen impulsando el desarrollo y articulación de infraestructuras y están proponiendo esquemas integrados de logística que toquen todos los modos de transporte, sin embargo, no se aprecia aún un esfuerzo regional que abarque la uniformidad de la normativa sobre la materia”, observa el también profesor de Derecho Marítimo.
El abogado resalta que una buena parte de los países americanos han coincidido en lo relativo a sus políticas de transportes, en afirmar el importante rol que cumple un sistema de transportes bien estructurado e institucionalizado que sirva como catalizador para alcanzar mejores índices de eficiencia en las transacciones mercantiles y en la integración económica. En esta línea, asegura, “un objetivo primordial de la Región en lo que respecta a los intercambios comerciales intraregionales e internacionales, debería consistir en incrementar la velocidad -y la calidad- de distribución de las mercancías y abaratar sus costos, y para este efecto la prestación de servicios de transporte multimodal resulta fundamental”.
Agrega que “la pretendida armonización de las normas sobre transporte multimodal, es factible, si se tiene en cuenta la similitud existente entre los instrumentos vigentes y proyectados a nivel mundial, regional y subregional”.
José Antonio Pejovés explica al respecto que estos instrumentos internacionales, han sido elaborados como tratados en algunos casos y como normas supranacionales en otros, este es el caso de las Decisiones 331 y 393 sancionadas en la Comunidad Andina (CAN). “Como se sabe, el núcleo de un régimen jurídico que pretenda regular el transporte multimodal en el continente, lo constituye el sistema de responsabilidad aplicable al operador de transporte multimodal, sin soslayar las otras partes que integrarían un cuerpo normativo regional, cuya búsqueda de consensos sería menos discutible”, apunta.
El abogado además visualiza que si “el sistema de responsabilidad se uniforma en los países de la Región, y también se armonizan reglamentaciones y se articula el funcionamiento de las oficinas administrativas, se daría un importante avance en la integración continental”.
“La necesidad de contar con reglas armonizadas sobre transporte multimodal, no es una novedad, todo lo contrario”, plantea Pejovés, señalando que desde hace algunos años se ha intentado hacerla efectiva, sin resultados concretos.
El abogado cita en este ámbito el proyecto que aprobó la Conferencia de Ministros de Transportes, Comunicaciones y Obras Públicas de América del Sur, en su III Reunión Ordinaria celebrada en Montevideo en noviembre de 1996, que mediante Resolución 23 (III) adoptó el Acuerdo Regional de Transporte Multimodal, proyecto que se basó en el Convenio de las Naciones Unidas sobre Transporte Multimodal Internacional de Mercancías (Ginebra, 1980), instrumento de las Naciones Unidas que también sirvió de base a las citadas decisiones de la CAN y al Acuerdo sobre Transporte Multimodal en el Ámbito del MERCOSUR, contenido en la Decisión 15/94 del Consejo Mercado Común.
Por MundoMarítimo
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